Registro y Reporte de Trabajadores Fijos, Temporeros, Móviles o de Estación

DGT-2, DGT-3, DGT-4, DGT-5 y DGT-11, en el SIRLA

Descripción del servicio

Registro de Empresas con sus establecimientos. Debe registrarse dentro de los primeros quince (15) días del inicio de sus actividades. Este registro debe realizarse en enero de cada año.

A quién va dirigido

Es para uso exclusivo del Sector Empleador Nacional.

Servicio ofrecido por el Dirección General de Trabajo / Soporte Sirla , Ministerio de Trabajo.

Tel.: 809-535-4404 ext. 3018 / 3506 / 3050 / 3051 y 3052 . | Correo: sirla.info@mt.gob.do .

Requerimientos o requisitos

  • Los empleadores deben inscribir el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), cédula de identidad o número de pasaporte y crear una contraseña para luego proceder a completar los datos de la Empresa, el Establecimiento y registrar los trabajadores.
  • Adquirir la compra del Formulario en la División de Tesorería en cualquiera de las Representaciones Locales del Ministerio de Trabajo o mediante Recarga Electrónica con su tarjeta de crédito o débito.
  • Para validar el registro, el empleador debe introducir los datos del formulario adquirido el cual está compuesto de un PIN con número de recibo y código de aprobación.
  • Procedimientos a seguir

  • Cualquier duda, aclaración o preguntas puede llamar a la central telefónica para obtener la asistencia de un representante. INSTRUCTIVO FORMULARIO DGT-3 https://ovi.mt.gob.do/sirla/catalogos/instructivo/ INSTRUCTIVO FORMULARIO DGT-4 https://ovi.mt.gob.do
  • Horario de prestación

    De Lunes a Viernes , de 8:00 a.m. hasta 4:00 p.m.

    Costo

    RD$150 por cada página de 25 empleados

    Tiempo de realización

    30 min. dependiendo del tiempo que le tome al usuario completar las informaciones de registro. hora(s) laborables.

    Acceso web

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