La División de Atención al VIH/SIDA, como una de las Divisiones que compone la Dirección de Igualdad de Oportunidades y No Discriminación, del Ministerio de Trabajo de la República Dominicana, ofrece acompañamiento, formación, consultoría y asistencia jurídica a las personas que han sido objeto de algún acto discriminatorio o estigmatizante en su lugar de trabajo, en razón de ser una persona que vive con VIH o con SIDA, además, es un espacio dedicado a la gestión del conocimiento en el área de derechos humanos y VIH y SIDA en el ámbito laboral, debiendo asesorar y crear conciencia entre los (as) trabajadores (as) y empleadores (as) sobre los derechos y deberes de las personas que viven con VIH o con SIDA.
Desde el año mil novecientos noventa y tres (1993) y mil novecientos noventa y seis (1996), respectivamente, la República Dominicana cuenta con la Ley No.55-93 que establece notificar a las autoridades de salud pública nacionales, todo lo relacionado con las personas vivas o fallecidas que hayan sido infectadas por el virus del SIDA y su Reglamento de Aplicación, instrumentos jurídicos que contemplan las disposiciones legales específicas que rigen la materia.
Representando el ámbito laboral uno de los pilares de la Respuesta Nacional al VIH y al SIDA de la República Dominicana, por la discriminación, el estigma y el desconocimiento de sus derechos que, a lo interno del mismo, sufren las personas que viven con esta condición de salud; los instrumentos jurídicos que rigen la materia han establecido disposiciones específicas en ese sentido.
Por tal razón, ellas y como consecuencia de un acuerdo de participación suscrito entre el Consejo Presidencial del Sida, actualmente Consejo Nacional para el VIH/SIDA y el Ministerio de Trabajo en el marco de la Respuesta Nacional al VIH y al SIDA, firmado el 18 de febrero de 2007, surge la creación de la Unidad Técnico Laboral de Atención Integral (UTELAIN), actualmente DIVISION DE ATENCION AL VIH/SIDA (DIDAVIHSIDA).
Misión
Brindar asesoramiento, capacitación, consultoría y asistencia jurídica tanto a los (as) trabajadores (as) como a los (as) empleadores (as) en todo lo referente a la temática del VIH y SIDA en el ámbito laboral.
Visión
Constituir una Unidad que responda a las necesidades e intereses de las personas que han sido objeto de algún acto discriminatorio o estigmatizante; en especial de aquéllas personas que viven con VIH o con SIDA; sirviendo de mediadora en la búsqueda de soluciones a los conflictos que se susciten entre éstas y los (as) empleadores (as) y viceversa.
Crear un espacio dedicado a la gestión del conocimiento en el área de derechos humanos, contribuyendo a que los mismos sean reconocidos y respetados, mediante la discusión, divulgación, promoción y observancia de los mismos.
Valores
En cumplimiento con nuestra misión y para alcanzar los objetivos de nuestra visión, nos apoyamos y regimos por los siguientes valores:
- Ética
- Capacidad
- Respeto a los Derechos Humanos
- Confidencialidad
- Integridad
- Eficiencia
Los trabajos que realiza la UTELAIN, actualmente DIVISION DE ATENCION AL VIH/SIDA se sustentan sobre la base documental siguiente:
1. Lineamientos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a través de los siguientes instrumentos:
- Principios del Trabajo Decente;
- Instrumentos de derecho internacional adoptados por la OIT;
- Repertorio de Recomendaciones Prácticas de la OIT sobre el VIH/SIDA y el Mundo del Trabajo, 2001;
- Recomendación Autónoma No.200, sobre el VIH/SIDA y el Mundo del Trabajo, 2010.
2. Principios 1º. y 2º. del Pacto Global de la Organización de las Naciones Unidas;
3. Experiencia acumulada por la Respuesta Nacional al VIH y al SIDA.
Con la Promulgación de la Ley No. 135-11 se crea el Consejo Nacional para el VIH y el SIDA (CONAVIHSIDA), como organismo autónomo, colegiado, multisectorial, y de carácter estratégico, adscrito al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, responsable de coordinar y conducir la Respuesta Nacional al VIH/SIDA, del cual el Ministerio de Trabajo pasa a formar parte y por consecuente asume a la UTELAIN, con el nombre de DIVISION DE ATENCION AL VIH/SIDA, quedando el CONAVIHSIDA como un soporte y monitor de dicha División.
Con la entrada en vigencia de la Ley de VIH y SIDA de la República Dominicana No.135-11, a partir del día siete (7) de septiembre del año dos mil once (2011), se derogan las disposiciones contenidas en la Ley No.55-93 sobre SIDA y en su Reglamento de Aplicación, así como en el Decreto No.32-01 que crea EL COPRESIDA; instrumentos jurídicos de fechas treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993), del ocho (8) de abril de mil novecientos noventa y seis (1996) y del ocho (8) de enero del año dos mil uno (2001), respectivamente.
La entrada en vigencia de la Ley de VIH y SIDA de la República Dominicana, requiere que el organismo coordinador de la Respuesta Nacional al VIH y al SIDA de la República Dominicana lleve a cabo las acciones pertinentes para dar fiel cumplimiento a las disposiciones contenidas en la misma, lo que conlleva, entre otras, una adecuación de la denominación del organismo.