Publicado por: Ministerio de Trabajo
16 de Mayo , 2014SANTO DOMINGO.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), autorizó al Seguro Nacional de Salud (SENASA) afiliar directamente como beneficiarios del Seguro Familiar de Salud (SFS) del régimen subsidiado, a las personas envejecientes que residen en hogares de ancianos públicos que operan sin fines de lucro.
Con la medida las personas de avanzada edad serán favorecidas siempre y cuando cumplan con los parámetros legalmente establecidos para el Régimen Subsidiado, y que cuenten con cédula de Identidad y Electoral y no estén afiliados al Sistema, según especifica la resolución del CNSS No. 315- 01 del 10 de abril del 2014.
Para facilitar la identificación de los hogares de ancianos, SENASA podrá realizar consultas a instituciones, organismos y entidades, gubernamentales o no gubernamentales, con responsabilidad o relacionadas a la atención de las personas envejecientes, según detalló el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto.
El funcionario informó que la decisión del órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), contó con el respaldo unánime del pleno del Consejo, al tiempo que la entidad tomó en cuenta las recomendaciones del SENASA, dirigido por Altagracia Guzmán Marcelino.
"Esta medida asumida por el Consejo protegerá a envejecientes que se encuentran en una condición de vulnerabilidad y en su mayoría no cuentan con la protección adecuada. En ocasiones abandonados por sus familiares en estos asilos. Lo que evidencia el impacto positivo que tendrá en la calidad de vida de los que será beneficiados", dijo
Explicó que los afiliados del Régimen Subsidiado son incorporados en base a las listas de elegibles categorizados por el Sistema Único de Beneficiarios (SIUBEN); sin embargo, este mecanismo solo considera dentro de su población objetivo, los hogares individuales y no los hogares colectivos tales como hogares para niños, niñas y adolescentes o para ancianos.
La resolución aprobada por el CNSS, especifica que el SENASA presentará periódicamente informes al CNSS sobre los avances en la afiliación de esta población. La presente resolución deroga cualquier otra resolución que le sea contraria en todo o en parte, y será de aplicación inmediata.